Próximamente la Seguridad Social va a comenzar a regularizar las cuotas que los autónomos pagaron en 2023.
¿Cómo se notificará a los autónomos el resultado de su regularización?
La notificación a los autónomos del resultado de su regularización se realizará a través de NOTESS (Notificaciones Electrónicas de la Seguridad Social).
En esta notificación se indicará el resultado de la regularización y, en caso, de que tengan que abonar lo pagado de menos el año pasado según sus ingresos reales, irá acompañada de una carta de pago.
En caso de que no abran la notificación desde el sistema NOTESS, podrán utilizar un método alternativo de comunicación.
Se prevé que la Tesorería comience a comunicar a los autónomos el resultado de la regularización a partir de octubre.
¿En qué plazos deberán abonarse las diferencias de cotización a la Seguridad Social?
Los autónomos que obtengan un resultado de su regularización a favor de la Tesorería deberán abonar las diferencias de cotización que no pagaron en 2023 después de recibir la notificación. Deberán hacerlo “hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se les haya notificado el resultado de la regularización, sin aplicación de interés de demora o recargo alguno de abonarse en ese plazo”. Es decir, en este caso, hasta el 30 de abril de 2025.
¿Podrán aplazarse o fraccionarse las diferencias de cotización tras la regularización?
Sí. Si se da la circunstancia de que los autónomos deban pagar a la Seguridad Social las diferencias de cotización de 2023, podrán solicitar aplazamiento o fraccionamiento del pago de estas si demuestran tener dificultades para el pago, siendo la Tesorería quien determine en cuántos meses se tiene que devolver la deuda y la cuantía de cada plazo.
Se aplicarán, eso sí, unos intereses de demora, que este año ascienden al 4,06% de la deuda.
¿Y si el resultado de la regularización de cuotas es a favor del autónomo?
Si es Seguridad Social quien debe devolver al autónomo por haber cotizado de más durante el año pasado, la Tesorería podrá hacerlo hasta el 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en que la correspondiente Administración tributaria haya comunicado los rendimientos computables.
¿Podrán los autónomos renunciar a la devolución de las cuotas y seguir cotizando por encima de sus ingresos?
En algunos casos, los autónomos podrán renunciar a la devolución de las cuotas por parte de la Tesorería, manteniendo las aportaciones para sus prestaciones y su futura pensión de jubilación.
Para ello, su base de cotización del año pasado no podrá ser superior a la que tenían el 31 de diciembre de 2022.
Para algunos autónomos, el resultado de la regularización podrá ser neutro.
¿Qué datos utilizará la Seguridad Social para calcular la regularización de las cuotas de 2023?
Seguridad Social utilizará la información remitida por Hacienda tras la finalización de la última campaña de la RENTA, además de otros datos.
Muchos de estos datos son los que los autónomos societarios, los colaboradores o los económicamente dependientes (TRADE) tuvieron que volver a comunicar a Seguridad social antes del pasado 30 de junio.
Para el cálculo de la cuota, a los autónomos societarios, no se les incluirá ningún tipo de ingresos que no sean los propios de su actividad.
¿Las cuotas de los meses de baja se contarán para la regularización?
Las cuotas de los meses que dure la baja, así como las que se hayan utilizado para calcular el importe de la prestación, no serán objeto de esta regularización, permaneciendo congeladas. Así, los autónomos no tendrán que pagar, ni recibir de la Seguridad Social las diferencias de sus prestaciones.
¿Seguridad Social regularizará las cuotas de los autónomos en Tarifa Plana?
Los nuevos autónomos que se dieron de alta en 2023 acogidos a la Tarifa Plana de 80 euros al mes durante este periodo de tiempo, no les afectará. La Tesorería no les pedirá ninguna diferencia de cotización.