El salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025 ha sido regulado mediante el Real Decreto 87/2025, publicado el 12 de febrero de 2025. Este decreto establece las nuevas cuantías salariales mínimas aplicables en España para el año 2025, así como las condiciones específicas para diferentes modalidades laborales.

Cuantías del salario mínimo interprofesional 2025

El Real Decreto fija el salario mínimo interprofesional para 2025 en las siguientes cantidades:

  • 39,47 euros/día.
  • 1.184,00 euros/mes, en caso de 14 pagas anuales.

Estas cifras corresponden a la jornada laboral completa legalmente establecida. En caso de jornadas inferiores, el salario se calculará de forma proporcional.

Complementos salariales y estructura salarial

A las cuantías básicas del SMI se añadirán los complementos salariales correspondientes, según lo estipulado por convenios colectivos o condiciones laborales específicas. La revisión del SMI no afectará a los salarios profesionales que ya superen el salario mínimo en su conjunto y en cómputo anual. Para este año, la cuantía mínima anual no podrá ser inferior a 16.576,00 euros.

Condiciones para trabajadores eventuales y empleados del hogar

El decreto también regula las condiciones específicas para determinados colectivos:

  • Trabajadores eventuales y temporeros: Aquellos cuyos servicios a una misma empresa no excedan los 120 días tendrán derecho a un salario mínimo de 56,08 euros por jornada legal trabajada.
  • Empleados del hogar: Para quienes trabajen por horas en régimen externo, el salario mínimo será de 9,26 euros por hora efectivamente trabajada.

Vigencia del Real Decreto

El Real Decreto entrará en vigor el próximo 13 de febrero de 2025, aunque sus efectos se aplicarán retroactivamente desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto implica que las empresas deberán ajustar los abonos salariales correspondientes desde el inicio del año.