Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a facilitar el disfrute y el acceso a una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos y mayores de 65 años, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas arrendatarias o cesionarias.
Beneficiarios
Las personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento, o que estén en condiciones de suscribirlo, cuya renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales para las viviendas o 300 euros mensuales en el caso de alquiler o cesión de uso de habitación, o hasta 900 euros o 450 euros, respectivamente, en el supuesto de las familias numerosas o determinados municipios señalados en la convocatoria, por una vivienda o habitación que constituya o vaya a constituir su domicilio habitual y permanente y que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes para cada uno de los programas:
- Programa de ayuda al alquiler de vivienda:
- a) Las familias numerosas.
- b) Unidades familiares monoparentales con cargas familiares.
- c) Unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género o en las que alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género.
- d) Unidades de convivencia en las que existe alguna persona declarada víctima de terrorismo.
- e) Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad.
- f) Unidades de convivencia en las que todas las personas integrantes se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones.
- g) Unidades de convivencia en la que todos sus miembros tienen edades iguales o superiores a 65 años en el momento de la solicitud.
- Programa de ayuda a las personas jóvenes:Menores de 35 años, incluida la edad de 35 años, en el momento de la solicitud. Los restantes miembros de la unidad de convivencia en ningún caso podrán ser mayores de 35 años.
Cuantía
Se concederá una subvención del 50% de la renta o precio mensual que deba satisfacer la persona beneficiaria por el alquiler o uso de su vivienda o habitación habitual y permanente, en los términos establecidos en la Orden de la convocatoria.
Plazo de presentación
Comenzará el 1 de noviembre de 2023 y terminará el 15 de diciembre de 2023, ambos días incluidos.